El Tribunal de Garantías Penales de Quito dictó sentencia el miércoles 9 de septiembre de 2026, condenando al expresidente Abdalá Bucaram y a su hijo Jacobo Bucaram a nueve años y cuatro meses de prisión. La resolución se emite en el marco del caso "Pruebas Covid-19", donde ambos fueron declarados cómplices por la presunta participación en una estructura organizada para obtener beneficios económicos durante la pandemia sanitaria. Esta decisión judicial cierra un ciclo procesal significativo, al establecer responsabilidades penales concretas frente a las investigaciones sobre la adquisición de insumos médicos y el manejo irregular de recursos públicos.
Detalles del fallo y la audiencia
La sentencia fue leída tras una jornada compleja en la sala de audiencias. El expresidente, quien se encuentra hospitalizado desde el 2 de septiembre con un diagnóstico cardíaco, solicitó ser dado de alta para participar telemáticamente en la lectura del veredicto. La audiencia sufrió retrasos significativos debido a inconvenientes técnicos y logísticos, especialmente relacionados con la traducción técnica para el procesado extranjero Sheinnman Oren.
El juez ponente fundamentó su decisión señalando que existió una estructura delictiva configurada entre marzo y junio de 2020. Según los elementos expuestos por la Fiscalía General del Estado, Abdalá Bucaram actuó como colaborador dentro de esta red, al igual que Jacobo Bucaram. La pena impuesta incluye además una multa equivalente a veinte salarios básicos unificados para cada uno de ellos, según informamos en Tribunal ordena aprehensión de Abdalá Bucaram al salir de la clínica.
Contexto de las investigaciones
Las irregularidades investigadas se centran en la negociación y adquisición de 21.000 pruebas rápidas de diagnóstico durante los primeros meses del año 2020, extendiéndose hasta octubre para dar legitimidad a las acciones realizadas. El dictamen acusatorio detalla que la estructura movilizó bienes e incluso servidores públicos de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), cuyos agentes habrían brindado seguridad en el traslado de insumos desde Quito hacia Guayaquil.
Los delitos imputados afectan al régimen económico de desarrollo y a la fe pública, con hechos registrados en las provincias de Pichincha, Guayas, Santa Elena y Esmeraldas. Mientras que para los autores directos se dispuso una pena mayor de trece años y cuatro meses, el fallo distingue claramente entre autoría y complicidad. Esta sentencia representa un hito judicial relevante dentro del contexto de la justicia ecuatoriana, al aplicar figuras penales específicas a exautoridades durante crisis sanitarias nacionales.